Resoluciones H.T.P

Se reciben informe de los Sres. Árbitros E. Riera y H. El Kadre, donde se informa lo ocurrido con el Sr. Emanuel GARELLO, como entrenador de A.A.Banda Norte, en el encuentro entre  A.A.Banda Norte y A.A.Estudiantes, de la categoría U-17, de fecha 19 de Mayo de 2016, donde fue descalificado del campo de juego, por actos de incultura hacia a la persona de los árbitros.
Se solicita descargo al  Sr. Emanuel GARELLO, lo que fue presentado en tiempo y forma, rectificándose y pidiendo disculpas de los dichos vertidos  contra los árbitros
Es jurisprudencia de este Tribunal, que los informes que elaboran los árbitros constituyen, semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y que solo mediante el aporte de testimonios directos en contrario puede desacreditarse ese valor.
El Honorable Tribunal Disciplinario, resuelve:
a) Aplicar al Sr. Emanuel GARELLO, entrenador de A.A.Banda Norte, la pena de       UN PARTIDO DE SUSPENSION, según Art. 105ª inc. B) del Código de Penas y concordancia con el art. 38° inc. a) del Código de Penas.

b) EL cumplimiento de la sanción es en la categoría U-17, estando inhabilitado a dirigir cualquier otra categoría, según art. 14° inc. a) punto 1 del Código de Penas.




Rio Cuarto,     24 de Mayo de 2016.

Expte. Nro. 10/2016

Con referencia al partido programado de la categoría U-15 Rama Femenino, con fecha 17 de Mayo de 2016, entre la Sporting Club “B” y Acción Juvenil, en la cancha del primero nombrado, a la hora asignada el Club Acción Juvenil, no se presento a disputar dicho encuentro.
El Honorable Tribunal Disciplinario, resuelve:
a- Dar por perdido el encuentro de U-15, rama femenina, de referencia al Club Acción Juvenil, registrándose el siguiente resultado: Sporting Club “B” 20 – Acción Juvenil 0, según art. 71ª inc. A) punto 5, del Código de Penas de la CABB.
b- Otorgar al Sporting Club “B” los DOS PUNTOS en juego y al Club Acción Juvenil CERO PUNTOS, en aplicación del art. 71ª inc. C) punto 4 del Código de Penas de la CABB.
c- Aplicar al Club Acción Juvenil, la pena de una multa de 5 AJC, según las Pautas generales del Torneo Apertura, sanción esta de carácter efectiva su ejecución.

Río Cuarto, 24 de Mayo de 2016.

                                                                                                                                                     Pablo Tosto
                                                                                                                                  H.T.Disciplinario A.R.B.